Promesas de Austeridad Permanente y Colonialismo: Recetas del Congreso de Estados Unidos de América (EUA) para Puerto Rico

Carlos Alá Santiago Rivera

Catedrático de Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales. Universidad de Puerto Rico. Escuela Graduada de Administración Pública.

1. En la peor tradición imperialista. 2. Crisis Económica y Medidas de Austeridad. 3. Alcance de PROMESA. 4. Promesa de 10 años de Intervención. 5. El Plan Fiscal. 6. El Grupo de Trabajo “Task Force”. 7. Cierre.

“Mamita llega la Junta, pero no llega de Roma. Mamita ya hay quien afirma, que es cosa linda y es cosa mona.

Mamita llega la Junta, impuesta por tío Sam. Mamita la Junta llega a machetearnos el ñam, ñam, ñam.

Mamita son siete sabios, que nos vienen a educar, pues dicen que en la colonia, lo mismo da sumar que restar. Mamita no me regañes, porque diga colonial, mamita esa palabreja, el Tío Sam la volvió legal.

Mamita busca maletas, compra pasaje en Jet Blú. Que en cuanto llegue la Junta, aquí se forma el gran revolú…

Temporal, temporal, la Junta es un temporal. ¿Qué será de Puerto Rico, si no se da a respetar?”

Pieza Musical en el Género de Son Plena compuesta por Luis Rafael Sánchez[1].

  1. En la peor tradición imperialista

En la peor tradición imperialista del siglo pasado, el Congreso de los Estados Unidos le impuso al pueblo de Puerto Rico un gobierno externo a través de la Ley para la Supervisión, Gerencia y Estabilización Económica de Puerto Rico, que eufemísticamente componen el nombre de PROMESA, por sus siglas en inglés[2]. Con esta ley, que funciona por encima del Gobierno y de todos los funcionarios electos de la isla, el Congreso de Estados Unidos propone aliviar la crisis fiscal que sufre el archipiélago caribeño y del que Puerto Rico es la isla de mayor tamaño y población. La Ley impone una Junta Federal de Control Fiscal (JFCF) con amplios poderes para intervenir en la gestión pública gubernamental e impulsar procesos de restructuración de la deuda pública acumulada de 68 billones de dólares, sin contar con la anuencia de los puertorriqueños o aún perjudicándoles económica y socialmente. Esto con la finalidad de regresar a Puerto Rico el acceso a los mercados financieros en el menor tiempo posible. Ese acceso se perdió a partir del 2014 y más concretamente, luego de que en dos ocasiones en el 2016 (mayo y agosto) el gobierno incurrió en impagos de parte de la deuda pública acumulada, con el fin de preservar sus operaciones. Concurrentemente, el Banco Gubernamental de Fomento (BGF), su agente fiscal, falló en pagar los intereses adeudados al 1ro. de agosto del 2016 para realizar otros desembolsos de muy alta prioridad porque incidían de forma directa en la prestación de servicios esenciales a la ciudadanía[3].

La posición del gobierno de Puerto Rico era clara y en relación a los impagos se expresaba de la siguiente forma:

En cuanto a los demás vencimientos, se actuó conforme a las disposiciones establecidas por las órdenes ejecutivas que cobijan esas agencias y que establecen que se preservará el dinero que hubiese estado destinado a esos pagos para dar prioridad a la provisión de servicios esenciales como salud, seguridad y educación[4].

Por esa razón, además, aprobó la Ley Núm. 21 del 6 de abril del 2016, que estableció la Ley de Moratoria de Emergencia y Rehabilitación Financiera de Puerto Rico y que autorizó al Gobernador a tomar las acciones extraordinarias necesarias para el manejo de fondos públicos de forma que se sostuvieran los servicios esenciales y de ser necesario desviarlos del pago de la deuda pública. El gobierno de Puerto Rico recurrió al Congreso en Washington para buscar alternativas de desarrollo económico y un mecanismo justo para renegociar su deuda, pero el liderato del Congreso optó por hacer cumplir la isla con las disposiciones federales vinculadas a la emisión de bonos de la Comisión de Bolsas y Valores. Por eso, PROMESA no ordena a la JFCF procurar el desarrollo económico de Puerto Rico sino restaurar la capacidad de éste de acceder al mercado financiero a tasas razonables. Paso importante para que el país continúe pagando a sus acreedores como si nada hubiera pasado. De acuerdo a los informes del Congreso, Puerto Rico estaba incumpliendo con la obligación de divulgar la información financiera que requiere la regla 15c2-12 de la Comisión de Bolsas y Valores y que es un requisito de ley para todas las entidades que emiten deuda en el mercado de valores estadounidense.

De acuerdo a algunos expertos el atraso en la publicación de los estados financieros fue el factor detonador, la excusa que utilizó el Congreso para establecer la Junta Fiscal[5]. Sin embargo, el Congreso no examinó a profundidad las razones del supuesto incumplimiento. Veamos. Entre el 1995 y el 2004, Puerto Rico recibió premios de excelencia en la presentación de sus estados financieros a la Comisión de Bolsas y Valores. De hecho, en toda su historia, el Estado Libre Asociado ha cumplido con el deber de divulgación financiera impuesto por ley y siempre se consideró como normal un atraso de entre 150 y 200 días de la fecha de radicación de sus estados financieros anuales consolidados (CAFR, en inglés). ¿Qué sucedió entonces a partir del 2004?

Varios sucesos incidieron en la capacidad de Puerto Rico de rendir su CAFR. En primer lugar, a partir del 2004, el dinero asignado en Hacienda para preparar los estados financieros auditados fue decreciendo paulatinamente, hasta reducirse de 9.7 millones en el 2004 a menos de 2.5 millones en el 2015. Una baja de 74% que impactó en el número de personas dedicadas a esta tarea y que permitió la obsolescencia de los sistemas de información necesarios para cumplir con la encomieda a tiempo. En segundo lugar, la adopción constante de nuevos pronunciamientos de contabilidad (GASB en inglés), es decir, de nuevas pautas técnico-administrativas para rendir los estados financieros contribuyó al retraso en la radicación de los mismos. Por esa razón, entre el 2006 y el 2009, los atrasos fluctuaron en alrededor de un año. De ahí en adelante vinieron los recortes de fondos federales, las políticas de austeridad, la congelación de plazas y los despidos masivos de empleados públicos, que afectaron duramente al Departamento de Hacienda. Con esto, se creó gran incertidumbre en el sector público, muchos empleados se acogieron al retiro temprano, otros se mudaron al sector privado, algunos se pensionaron, entre una situación y otra, se perdió capacidad técnica, al punto de que a partir del 2011 la tarea de preparar los estados, una vez a cargo en una persona, terminó en manos de una persona diferente cada año. El resultado, dos años de atraso en la radicación de los estados financieros del 2014 y la imposición de una Junta Federal de Control Fiscal[6].

Nuevamente, reiteramos que el Congreso pudo ser más receptivo a la solicitud de ayuda de Puerto Rico. En vez de ayudar, por ejemplo solventando la falta de liquidez del BGF para cumplir con su finalidad social, lo que colocaba a la entidad entre pagar intereses a sus bonistas o servir a la ciudadanía, el Congreso de mayoría republicana intervino para controlar un gobierno considerado “muy liberal” en los estándares estadounidenses. Por eso, aprobó esta ley para “ayudar” a Puerto Rico, reformar sus operaciones y reestructurar su deuda. Y reformarlo significa hacerlo responsivo a los bonistas por encima del interés de la mayoría de sus habitantes. La agenda política conservadora es clara, su interés era colocar a Puerto Rico “en el camino a la salud fiscal y se quiso hacer sin dar un rescate financiero a nombre de los contribuyentes”[7]. Rescate que las autoridades estadounidenses aprobaron para bancos corruptos y aseguradoras que desaparecieron millones de dólares de los ciudadanos estadounidenses hace unos años y que negaron ahora a un gobierno, cuyos errores administrativos y políticos no son excusables, pero que no quiso castigar más a su pueblo con nuevos impuestos y políticas de austeridad.

En definitiva, para la cosmovisión del gobierno estadounidense, los retos fiscales y económicos que enfrenta la isla requerirán grandes recortes económicos y políticas de ajuste severas que ellos están dispuestos a imponer para favorecer a los bonistas[8]. Las implicaciones políticas de tales medidas, la violencia contra la democracia alcanzada por los puertorriqueños a pesar del gobierno de Estados Unidos, fue una parte efímera e inmaterial del debate. Las consideraciones fiscales sobrepasaron las sociales y políticas, el clamor de mayor crecimiento económico, democracia y autogobierno del pueblo de Puerto Rico ha sido aplastado.

PROMESA se aprobó el 29 de junio del 2016, poco más de cuatro meses antes de la celebración de las elecciones generales del archipiélago, el pasado 5 de noviembre del 2016. El estatuto promete mucho dolor de cabeza a los isleños, cuando menos propone la continuidad de más políticas de austeridad, ahora de forma permanente, en el contexto de un arreciado y vergonzoso colonialismo. El Congresista puertorriqueño, Luis Gutiérrez (Demócrata, por Illinois), quién desde su escaño combatió y se opuso a la legislación, sentenció que el costo contra la democracia era muy alto y que se podría ofrecer un mecanismo para reestructurar la deuda pública que fuese menos oneroso para los derechos sociales de los ciudadanos.

La acción del Congreso fue la respuesta imperial a una crisis fiscal y la deuda pública acumulada, ambas gestadas en parte como consecuencia de las políticas públicas federales. La preocupación del Congreso estuvo dirigida a proteger los intereses de los bonistas inversionistas en Puerto Rico, mostrando mayor indiferencia y parquedad para aprobar aquellas disposiciones de la Ley que dimensionan el desarrollo económico. La iniciativa del Congreso respondió a algunas de las determinaciones del gobierno isleño saliente. Entre éstas, el reconocer como prioridad a los servicios sociales ofrecidos al pueblo y optar por mantener los mismos, aunque esto significó el incumplimiento con algunos de los pagos de una deuda, que es considerada por muchos como inmoral e impagable. Deuda que es resultado, además, de políticas públicas y procedimientos administrativos errados e impuestos por el gobierno federal e irresponsables acciones por parte del gobierno isleño y que han contribuido grandemente a la crisis fiscal actual[9].

  1. Crisis Económica y Medidas de Austeridad

Desde finales del 2006, Puerto Rico sufre una crisis económica que ha sido influenciada por variados factores. En primer lugar, el archipiélago es una colonia de los Estados Unidos y la brecha salarial alcanza un margen que oscila entre el 40 y 60 % de diferencia en el salario devengado en ambas jurisdicciones. Como parte de su condición, el archipiélago tiene limitados poderes de intercambio comercial internacional siendo obligado a utilizar la marina mercante de los Estados Unidos para esas gestiones aprecios poco competitivos y onerosos al archipiélago. Éste, además, ha sido vulnerable a la crisis inmobiliaria originada en los Estados Unidos, fue impactado por la expiración de los incentivos contributivos federales, como fue la Sección 936 del Código Federal de Rentas Internas, y que una vez promovieron el establecimiento de factorías y empresas en Puerto Rico. En el renglón de la manufactura solamente, entre el 2007 y el 2015 se perdieron el 31% de los empleos en ese sector[10].

En segundo lugar, a eso abría que sumar el impacto de la emigración masiva. Puerto Rico ha perdido 400,000 personas que han emigrado desde el 2005, mayormente a los Estados Unidos, cosa promovida por el gobierno de ese país. Mano de obra barata y educada que recibe la metrópolis, descapitalizando de su capital humano al archipiélago. Eso implica una pérdida de millones de dólares para el erario boricua como resultado de la pérdida poblacional producto de la emigración. Éxodo que ya no es mitigado por el crecimiento natural de la población porque al presente las defunciones están ya a la par con los nacimientos en Puerto Rico. Sólo en el 2014, esa disminución poblacional implico una pérdida de 817 millones de dólares en la economía puertorriqueña. Ciertamente, el efecto de la migración en los balances de cuentas gubernamentales en agencias y corporaciones públicas es enorme. En teoría, unas 400, 000 personas consumen menos electricidad que vende el gobierno, no abastecen sus autos con gasolina, no consumen bebidas alcohólicas, y por lo tanto no se cobran los impuestos y arbitrios que pagan estos últimos dos. Además, éstos no compran lotería, ni marbetes, ni pagan peajes, seguros u otros servicios[11].

En tercer lugar, los ajustes contributivos producidos por la legislación estatal durante la crisis no han proporcionado los resultados esperados, aunque en su mayoría significaron mayores sacrificios para la población. En ese periodo, se impuso un impuesto general sobre las ventas y el uso, que hasta hoy ha aumentado al 10.5% a la partida estatal y que se complementa con otro 1.% para los municipios. A la tributación del IVU se han incluido una serie de servicios que antes no tributaban, eliminando la exención provista a varios programas gubernamentales y encareciendo en general el costo de la vida. También, se impuso una sobretasa sobre el impuesto de la propiedad y se legisló un tributo, aunque temporero y de corta duración, para las empresas foráneas que operan en el archipiélago. Este último vence en el 2018 y representa un porciento substancial de los ingresos de Puerto Rico[12].

En cuarto lugar, desde el 2008 y hasta el presente se ha mantenido una política de reducción de la nómina gubernamental mediante la congelación de plazas y el despido masivo de empleados públicos. También y durante la última década, se han suspendido sistemáticamente derechos laborales y sociales para favorecer a la parte patronal. Todos estos programas de austeridad has sido justificados en la creación de unos empleos que nunca llegan.

En gran parte, los ajustes tributarios no han rendido fruto para la población y han sido malogradas por la insistencia de los gobiernos coloniales de brindar más exención contributiva a las multinacionales que operan en Puerto Rico y dejan de pagar por lo menos 2,000 millones de dólares anuales. En fin, el gobierno ha dejado de recaudar miles de millones en tiempo reciente a pesar de las alzas en impuestos a los trabajadores y las políticas de austeridad implantadas por los decretos de excepción y de emergencia contenidos en la Ley Núm. 7 del 2009, la Ley Núm. 3 del 2013, la Ley Núm. 66 del 2014 y otros estatutos similares[13]. Reflejo de esta producción legislativa a favor de los grandes negocios fue la derogación en el 2015 del aumento tributario que significaba el impuesto del IVU en los servicios entre negocios (business to business).

  1. Alcance de PROMESA

Entre sus disposiciones, PROMESA incluye cinco grandes componentes que afirman un supra poder, si consideramos que no es una agencia federal, ni una entidad gubernamental puertorriqueña y sus miembros gozan de total inmunidad legal. Ésta es un supra-gobierno compuesto por siete personas fieles al Congreso de los Estados Unidos. Entre sus componentes están: (1) el establecimiento de la Junta Federal de Control Fiscal (JFCF); (2) la creación de un mecanismo para renegociar la deuda; (3) la paralización temporera de cualquier acción legal relacionada al impago de la deuda; (4) el establecimiento de un Grupo de Trabajo del Congreso para evaluar medidas de desarrollo económico y (5) el nombramiento de un Coordinador de Revitalización de Proyectos de Infraestructura[14].

En concreto, la Junta tiene autoridad para solicitar la revisión o en su defecto revisar y aprobar, vía la aprobación de Certificaciones, el Plan Fiscal sometido por el gobierno de Puerto Rico y el presupuesto del país que emana del mismo. También puede solicitar, y está solicitando, informes de progreso semanales, trimestrales y anuales al gobernador, relacionados con los gastos e ingresos del gobierno. Todo, con el poder de paralizar aquellas transacciones o leyes que generen gastos no contemplados o que no sean afines al plan fiscal que se apruebe. Es decir, que puede requerir informes del impacto fiscal y compatibilidad con el Plan Fiscal de cada proyecto de ley sometido y aprobado por la Legislatura de Puerto Rico. Eso desde mayo 2016, es decir 5 meses previos a la fecha de efectividad de PROMESA que fue en octubre del 2016 cuando se nombró la Junta.

Para lograr las metas fiscales, la JFCF puede evitar que se ponga en efectividad cualquier ley o “recomendar”[15] la privatización y comercialización de actividades gubernamentales. La Junta podría vender terrenos protegidos y propiedad del gobierno para convertirlo en efectivo y así contar con dinero para pagar la deuda. También, podría derogar cualquier legislación ambiental que interprete como nociva al “desarrollo” económico de la isla. De esta forma, Puerto Rico podría perder terrenos de alto valor agrícola y ecológico a cambio de liquidez para el pago de la deuda[16]. Por otro lado, la Junta puede emitir certificados autorizando la reestructuración de la deuda, aprobar nuevas emisiones de deuda o cambios a la estructura de la misma; evaluar la condición financiera de los planes de pensiones, reducir los beneficios de éstos e intervenir en pleitos contra el Estado.

Específicamente, la sección 205 de PROMESA autoriza a la JFCF a intervenir en las siguientes áreas:

  1. El manejo de los asuntos financieros del gobierno territorial, entre ellas las previsiones económicas y la capacidad de previsiones fiscales de más de un año, la información tecnológica, la implantación de controles en los gastos de personal, la reducción de los costos de los beneficios, la reforma de las prácticas de adquisición y, la implantación de otros controles a gastos;
  2. La relación estructural de los departamento, agencias y agencias independientes del gobierno territorial;
  3. La modificación de la estructura de los recaudos existentes o el establecimiento de estructuras de recaudos adicionales;
  4. El establecimiento de alternativas para satisfacer las obligaciones de pago para las pensiones para los empleados del gobierno territorial;
  5. Las modificaciones o transferencias de tipos de servicios que son la responsabilidad de, y son prestados por el gobierno territorial;
  6. Las modificaciones de tipos de servicios que prestan entidades distintas del gobierno territorial mediante mecanismos de prestación de servicios alternos;
  7. Los efectos de las leyes y órdenes judiciales del territorio en las operaciones del gobierno territorial;
  8. El establecimiento de un sistema de personal para los empleados del gobierno territorial que esté basado en los estándares de los desempeños de los empleados;
  9. El mejoramiento de las capacitaciones y competencias del personal, el ajuste de los niveles de la plantilla laboral y el mejoramiento de las capacitaciones y desempeño del personal administrativo y de supervisión; y,
  10. La privatización y la comercialización de las entidades del gobierno territorial.

Es decir, que la Junta tiene autoridad plena para intervenir en todos los aspectos de la estructura operacional, política y financiera del gobierno de Puerto Rico. La lista es tan amplia como para hacer “recomendaciones” sobre los efectos de las leyes y órdenes judiciales del territorio en las operaciones del gobierno territorial, sugiriendo que ésta puede cambiar el contenido y alcance de determinaciones y precedentes judiciales.

La Junta Federal puede además, ejercer su avasallador poder de reglamentación y de gestión sobre cualquier instrumentalidad del gobierno que desee. Entre éstas, la Junta ha determinado intervenir en la gestión de la Administración de los Sistemas de Retiro (ASR), el Sistema de Retiro para Maestros (SRM), el Banco Gubernamental de Fomento (BGF), la Universidad de Puerto Rico (UPR), la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA), la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT). Otras agencias bajo el control de la JFCF son la Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas, la Autoridad para el Distrito de Convenciones, la Autoridad de Edificios Públicos, la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura, la Corporación para el Fondo de Interés Apremiante (COFINA) y el Fideicomiso de los Niños. De hecho, la Junta tomó control de la Corporación para la Difusión Pública, que es una corporación que no emite deuda y que en principio no requiere de reorganización.

  1. Promesa de 10 años de Intervención

La sección 209 de PROMESA no es específica sobre el tiempo de operación para la JFCF en Puerto Rico. De acuerdo a ésta, la Junta continuará operando hasta que ocurran los siguientes eventos: (1) el gobierno de Puerto Rico tenga acceso adecuado a los mercados de crédito a corto y largo plazo, con una tasa de interés adecuada; (2) que el gobierno de Puerto Rico sea capaz de desarrollar sus presupuestos de acuerdo a las normas de contabilidad aceptadas [de acumulación modificada] por lo menos en 4 años fiscales consecutivos y (3) que los gastos del gobierno no hayan excedido sus ingresos para cada uno de esos períodos fiscales, según determinado por esas normas de contabilidad antes mencionadas. El cuestionamiento es ¿cuánto tiempo tomará eso?

Probablemente una década. Eso porque el primer reto que enfrenta la Junta será ajustar con éxito el presupuesto vigente (2016-2017) que no contiene partidas asignadas para el pago de la deuda que vence en este año fiscal y que ronda en el orden de los 3,500 millones de dólares. Por otro lado, el Plan Fiscal sometido por el gobierno saliente, como veremos, no contempla todos los ajustes fiscales y políticas de austeridad esperados por la Junta y de paso la nueva administración política de la colonia, conservadora y pro unión con los Estados Unidos, quiere revisar el mismo y expresar su posición al respecto. Finamente, la JFCF necesitará tiempo para ejercer plenamente sus funciones. Eso sin considerar la efectividad que pueda tener la oposición de los actores sociales que ya ha comenzado a enfrentar.

Considerando la magnitud del déficit estructural del gobierno de Puerto Rico, las inconsistencias del presupuesto vigente y la necesidad que tiene la JFCF de ajustar la deuda a niveles razonables para poder balancear ese presupuesto, es necesario que el gobierno de Puerto Rico presente un caso de ajuste de deudas bajo el Título III de PROMESA, y esto podría tomar aproximadamente entre dos y cuatro años. Basado en matemática simple, es muy probable que la Junta tenga que intervenir en el gobierno de Puerto Rico entre 7 y 9 años.

Peor aún, si el gobierno entrante no puede ponerse de acuerdo con la Junta, será ésta la que defina el Plan Fiscal y muchos serán los ajustes peyorativos a los pocos derechos sociales protegidos dentro del Plan del gobierno saliente que no incluyó partidas para el pago de la deuda. Es obvio que el Plan será ampliamente enmendado para pagar la deuda. En decir y en palabras claras, si el mejor escenario social para los trabajadores y trabajadoras de Puerto Rico son todas las políticas de ajuste contenidas en el Plan Fiscal presentado por el gobierno saliente, entonces lo que le espera a la antilla menor de las mayores y mayor de las menores, es un futuro incierto, repleto de violencia estructural e institucional, pérdida de más derechos civiles y sociales e inestabilidad social, política y económica. Lo que no resulta posible obviar ahora, es la incertidumbre que enfrenta el pueblo puertorriqueño y el deber de luchar por los ideales democráticos que han marcado la historia de nuestro pueblo.

  1. El Plan Fiscal

La sección 201 de PROMESA dispone que el gobernador tiene la opción de someter el Plan Fiscal o trabajarlo en consenso con la Junta. El Plan tiene que cumplir con exigencias específicas de lograr responsabilidad fiscal, es decir, que los gastos del gobierno no excedan sus ingresos. Si el gobernador incumple con esa responsabilidad, la Junta preparará el plan fiscal y será obligatorio para Puerto Rico o la instrumentalidad o entidad gubernamental correspondiente. Los planes deben cubrir un período no menor de 5 años fiscales y tendrán entre los requisitos más significativos:

  1. Contener un estimado de ingresos y gastos, en conformidad con los estándares de contabilidad acordados.
  2. Garantizar los fondos para los servicios esenciales.
  3. Proveer fondos adecuados para los sistemas de pensiones.
  4. Eliminar los déficits estructurales
  5. Proveer el pago sostenible de la deuda para los años fiscales en los cuales no aplique la paralización automática de los pleitos legales contenidos en los Títulos III y IV de la Ley.
  6. Respetar las prioridades legales y los gravámenes de la constitución y las leyes que estaban vigentes antes de la aprobación de la Ley.
  7. Asegurar que no se hagan transferencias que violen las leyes o las disposiciones sobre reestructuración de la deuda.
  8. Establecer medidas de control, contabilidad, gobernanza fiscal, análisis de sustentabilidad de la deuda, en conjunto con la información que requiera la Junta y que adopte las recomendaciones que haga la Junta para el establecimiento y cumplimiento de los planes fiscales.

Es decir que la Junta revisará el Plan Fiscal y certificará su cumplimiento con los requisitos de la Ley. Si no cumple, lo devolverá cuantas veces sea necesario con una notificación de incumplimiento. También, incluirá las recomendaciones necesarias para adecuarlo a PROMESA y un término establecido para someter el plan revisado. Si el gobernador falla en su encomienda de someter o corregir el Plan Fiscal a satisfacción de la Junta, ésta preparará el mismo y lo remitirá al gobernador y la legislatura, que tendrán que aprobarlo. Una vez la Junta prepare el plan fiscal, se dará por aprobado y será obligatorio para el gobierno.

Ciertamente, el plan fiscal determinará el proceso de la distribución de los fondos en el presupuesto. Reconociendo la delicada situación económica y fiscal, que atraviesa Puerto Rico, será muy difícil mantener un equilibrio entre cumplir con el pago de la deuda y el gasto producido por ofrecer los servicios esenciales a la ciudadanía y la responsabilidad por los servicios de pensiones. Ello si tomamos en consideración que la Constitución puertorriqueña impone gravámenes legales relacionados a la prioridad del pago de la deuda por encima de otros compromisos, lo que representará una responsabilidad fiscal anual ante los bonistas de al menos mil millones de dólares anuales que tendrá que ser considerada en la elaboración del plan fiscal y el presupuesto que emane de éste.

Antes de la aprobación de PROMESA, el gobernador saliente Alejandro García Padilla nombró un Grupo de Trabajo para la Recuperación Económica y Fiscal (GTREF) para elaborar un plan de acción gubernamental para atender la crisis. Ese Grupo desarrolló y presentó al mandatario un Plan Fiscal y de Crecimiento Económico (PFDE) en septiembre del 2015. El mismo contenía unas 55 medidas de austeridad administrativa que, entre reformas, cambios substanciales en la gestión de agencias públicas y corporaciones gubernamentales y consolidaciones, incluyó una buena dosis de ideas para aprobar legislación conservadora, entre las que destaco sin ser exhaustivo: (1) una reforma de las leyes laborales; (2) la reducción de licencias de enfermedad y vacaciones a los empleados públicos; (3) extender los ajustes y las suspensiones laborales de la Ley de Sustentabilidad Fiscal (Ley Núm. 66, 2014) por cinco años más o hasta el 2022; (4) modificar para reducir los beneficios marginales a los empleados públicos; (5) consolidar agencias con la reducción de plantilla que ello representa y (6) reducir la nómina gubernamental en 2% anual[17]. A éstas medidas y otras de austeridad, el Grupo le fijó fecha de implantación que en su mayoría, alrededor del 75%, no fue cumplida por la renuencia de los legisladores en someter ese tipo de legislación de austeridad y ajuste fiscal[18].

Una nueva versión de ese Plan original fue revisado y sometido por el gobernador a la Junta. Sin lugar a dudas, los ajustes serán mucho más abarcadores y peyorativos a los derechos laborales y sociales de los trabajadores que lo propuesto en el 2015, no implementado y ahora revisado en el 2016. Sólo es lógico concluir que las determinaciones finales que tome esa Junta, cuya mayoría es conservadora, afectarán más los derechos de los trabajadores y retirados y favorecerán a los bonistas. Todo en final de cuentas dependerá de las preferencias ideológicas de cada una de esas siete personas, impuestas por el poder de Estados Unidos y no elegidas democráticamente por los puertorriqueños. Eso será así cuando definan, porque la ley no lo hace, qué son los servicios públicos esenciales y cuáles de éstos recibirán prioridad durante la escasez económica que enfrentará el país en los próximos años. También, será ideológica su determinación sobre ¿qué significa proveer fondos adecuados a los sistemas de retiro? ¿Qué será más convincente para estos siete, el argumento de los pensionados de que sus pensiones son salarios diferidos que ellos devengaron durante su empleo en el gobierno o el de los bonistas que defenderán que las pensiones son obligaciones subordinadas al pago de la deuda pública?

El gobierno de Puerto Rico no es el actor principal de esta tragicomedia. Lo es la Junta y el Congreso que representa. Ese Plan Fiscal, lo definirán ellos a gusto y sin consideraciones. La Junta respetará y cumplirá aquellas disposiciones de la ley que sean claras, el problema es que existe mucho margen para la interpretación de disposiciones que no son tan claras y contienen lagunas sustantivas y procedimentales. Allí entonces reinará la ideología conservadora. De hecho, la misma Ley se asegura de que se cumpla la voluntad de la Junta por encima de una posible preferencia gubernamental. Eso porque la sección 205(a) de la PROMESA dispone que es requisito incluir en el plan fiscal las “recomendaciones” hechas por la Junta. Es más, en la sección 201(b)(1)(K) se establece que la Junta puede exigirle al Gobierno de Puerto Rico que incluya cualquiera de sus recomendaciones en el plan fiscal, aún cuando éste se haya opuesto a implementarla previamente. Más aún, la Junta podría no aprobar el plan fiscal si sus recomendaciones no son incorporadas. El escenario no podría ser más triste y desolador y sobre todo claramente representa una derrota a la democracia.

  1. El Grupo de Trabajo “Task Force”

En el Congreso, se estableció por disposición de la sección 409 de la ley PROMESA, un grupo de trabajo “task force” (GT) del Congreso[19] que estudia posibles iniciativas destinadas a mejorar la economía de Puerto Rico, incluyendo recomendar la enmienda de aquellos impedimentos legales de la normativa federal que afectan el desarrollo económico del archipiélago. El GT debería entonces recomendar cambios legislativos y administrativos que promuevan el crecimiento económico, comenzando y sin limitarse a corregir las disparidades en la aplicación del Medicaid y Medicare en la isla, la creación de empleos, la reducción de la pobreza infantil y la atracción de inversión de capital en Puerto Rico. El GT fue un logro del cabildeo de los sectores más liberales de la política norteamericana, incluyendo a los puertorriqueños del archipiélago y la diáspora.

El Grupo de ocho miembros es bipartidista y bicameral, formando parte del mismo, los puertorriqueños Nydia Velázquez (Congresista Demócrata por Nueva York) y Pedro Pierluisi (Comisionado Residente de Puerto Rico en el Congreso)[20]. El GT tiene la encomienda de rendir un informe al Congreso ante de que finalice el 2016. En la preparación del informe, el GT tiene que consultar al sector privado, la Asamblea Legislativa y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico[21].

La efectividad de las recomendaciones del CT enfrenta la elección reciente de una mayoría republicana conservadora tanto en el poder ejecutivo, como en el legislativo de los Estados Unidos. Ese grupo de congresistas de ideología conservadora será el que reciba las recomendaciones del GT y ciertamente no están obligados a aceptar sus propuestas o recomendaciones sobre el desarrollo económico de Puerto Rico. La existencia del grupo es una esperanza, pero bien podría resultar en una gran decepción porque la finalidad principal de PROMESA es que se pague la deuda, relegando el crecimiento económico de Puerto Rico a un plano secundario, por decir mucho.

  1. Cierre

La Junta Federal de Control Fiscal tiene poder, recursos económicos provistos por el mismo gobierno de Puerto Rico, a razón de 2,000,000 mensuales, y tiempo para poner en práctica un catálogo amplio de acción conservadora y contra-reforma laboral. La Junta controla a Puerto Rico y nuestro gobernador no es más que un secretario glorificado que entrega informes a quien tiene el poder y ha usurpado la tarea de regir el destino de los puertorriqueños sin haber sido elegidos democráticamente para esa seria encomienda.

Ciertamente, éstos pueden actuar honorablemente y reformar el sistema de personal para implantar rigurosamente el sistema de mérito, dando coherencia a la contratación en el empleo público o violentar sus disposiciones para consolidar agencias y achicar el alcance de los servicios prestados por el gobierno. También, pueden reducir la nómina gubernamental responsablemente, y por la reducción del sistema, o a la brava mediante despidos masivos. En su repertorio pueden reducir las pensiones, la jornada laboral, los salarios, especialmente a los jóvenes por disposición de la ley, o los beneficios de los empleados. Esas medidas son tan sólo un ejemplo de las repercusiones que pueden tener las determinaciones de los siete “pro-americanos” que hoy gobiernan a Puerto Rico.

Pensar que la aceptación de esta atrocidad administrativa es la única alternativa es renunciar a la defensa de los derechos civiles, sociales, laborales y culturales. Por eso, es necesario encontrar respuesta a esta encrucijada más allá de la innoble tolerancia a la realidad que vive nuestro pueblo.

 


 

[1]  Afamado escritor puertorriqueño, quién se quejaba de que miles de puertorriqueños esperaban con entusiasmo la llegada de la Junta a pesar de que ésta venga a oscurecer sus destinos y amarrar sus esperanzas. Éste considera un vano empeño la creencia popular de que la Junta meterá en cintura a la minoría de políticos y ladrones que sumió al país en esta situación. Eso porque ellos no serán juzgados ni condenados. Sánchez, L. R., “Al Son de Plena”. El Nuevo Día, 17 de julio del 2016. p. 46.

[2]  Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act.

[3]  El gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, vetó el proyecto sustitutivo cameral 2959 aprobado por la legislatura como parte del presupuesto del país y que establecía una partida de 450 millones para el pago de intereses a la deuda constitucional en julio del 2016. El mandatario optó por incumplir el pago de principal de la deuda constitucional correspondiente al mes de agosto del 2016, para no imponer más medidas de austeridad al pueblo. Los pagos correspondientes a varias corporaciones como la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y la Corporación para el Financiamiento del Impuesto de Venta (COFINA) fueron honrados, como también lo fueron el pago de intereses a los bonistas de Obligaciones Pendientes. Desde el 2014, la Autoridad de Energía Eléctrica y la Corporación para el Financiamiento Público incumplen con el pago de intereses y en el 2015 se sumaron a los impagos a bonistas la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y la Autoridad del Distrito de Convenciones (ADCC). En el año fiscal vigente, que corresponde al periodo entre a la julio 2016 y junio 2017, Puerto Rico está obligado a pagar a sus acreedores otros $3,396 millones en intereses. González, J., “Crece la lista de impagos”. El Nuevo Día, 3 de agosto del 2016. p. 20-21.

[4]  Grace Santana Balado, Secretaria de la Gobernación. Ibid. p. 21.

[5]  José R. Oyola. (Economista. Presidente del Banco Gubernamental de Fomento entre el 1985-86; director auxiliar de la Oficina del Contralor de los EU por espacio de 20 años y en la actualidad consultor del Banco Interamericano de Desarrollo, de la Organización de Cooperación para el Desarrollo (OECD en inglés) y de la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). Análisis de la Junta de Control Fiscal. Asamblea Anual de la Asociación de Economistas de Puerto Rico (AEPR). Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto Metropolitano, 2016 y según reseñado por González, J., “En manos de la junta federal por incapacidad local”. El Nuevo Día, 27 de agosto del 2016. p. 32.

[6]  Ibid.

[7]  Delgado, J. A., “Completan el “task force” sobre la isla.” El Nuevo Día, 16 de julio del 2016. p. 8.

[8]  Esa visión contrata con los cabilderos de Puerto Rico en Washington D.C., capital de EUA, que exigen paridad de trato para los puertorriqueños, que a partir del 1917 y desde su nacimiento son ciudadanos de EU, aunque tratados como ciudadanos de segunda clase por vivir en Puerto Rico, dado que no disfrutan de todos los derechos que corresponde a su estatus ciudadano. La exigencia de éstos es la elaboración de propuestas que permitan incentivar el desarrollo de la economía de Puerto Rico, el acceso a los créditos federales por ingresos devengados (EITC) y de niños dependientes (CTC), como cualquier otro ciudadano, entre otros beneficios.

[9]  Deudas problemáticas y sin fuente de repago real. Créditos antiguos habilitados por leyes que fallaron en proporcionar una fuente de repago estable y confiable. También, leyes aprobadas que imponían el compromiso de una asignación del presupuesto gubernamental del gobierno central que no se materializó o se incumplió a largo plazo, provocando la acumulación de deudas millonarias. Por ejemplo, la Ley núm. 183 del 23 de julio de 1974; la Ley Núm. 173 (ASES) y 174 (ASEM) del 2010 y la Ley Núm. 242 del 2011. González, J., “Irresponsable condonar deuda de agencias con el BGF.” El Nuevo Día, 28 de julio del 2016. Un ejemplo reciente de estas prácticas se puede observar en el Proyecto Substitutivo de la Cámara 2962, aprobado el 1ro. de julio del 2016 y que eximió a 39 agencias y corporaciones públicas de pagar o recibir la condonación de 40% de sus préstamos al Banco Gubernamental de Fomento (BGF). Esto se realizó, consolidando en un solo préstamo todas las deudas, las cobrables y las incobrables, de esas entidades y otorgar un financiamiento al Fondo General del Gobierno, que asumió las mismas, a un plazo de 35 años con un interés fijo del 5%. Esta acción, ciertamente, afectó la liquidez del principal vehículo de financiación del gobierno. En total, el recorte de 40% supuso condonar $1,746 millones. La medida su justificó en la necesidad de crear un mecanismo para reestructurar parte de la deuda del gobierno estatal y atender las necesidades apremiantes y sufragar la prestación de servicios esenciales a la ciudadanía. Sin embargo, el problema es que la acción afectó la capacidad de pago del banco, entre éstos los $4,000 millones adeudados a los bonistas del patio, de los cuáles 500 millones era capital de entidades sociales como son las cooperativas de ahorro y crédito. También afectó el rendimiento en intereses a pagar por depósitos realizados por algunos municipios en el BGF. El acuerdo definitivo con estos acreedores está por verse, pero se anticipa que todos sufrirán ajustes en sus reclamos de pago. Situación que enfrenta a diferentes sectores de la sociedad puertorriqueña.

[10]  Negociado del Censo de Puerto Rico. Centro de Información Censal del Recinto de Cayey de la UPR. 2016.

[11]  Cortés Chico, R., “El Roto en el bolsillo que deja la emigración.” El Nuevo Día, 20 de Julio del 2016. págs. 4-5.

[12]  A partir del 2012 y contradictoriamente, el gobierno de Puerto Rico ha promovido intensamente los incentivos contributivos durante la crisis y que permiten ventajas contributivas sustanciales a las compañías basadas en Puerto Rico que exporten servicios y a los inversionistas que fijen su residencia en Puerto Rico. Ver las Leyes Núm. 20 y 22 del 2012.

[13]  Ibid. p. 5.

[14]  Zaragoza, J. [Secretario de Hacienda saliente, Partido Popular Democrático, Colonialista] “De la promesa vive el cautivo.” El Nuevo Día. 20 de Julio del 2016. p. 53.

[15]  La naturaleza de la recomendación se discute en la sección 205 de PROMESA. Allí se establece que “la Junta no puede obligar que se adopten las recomendaciones directamente y con autoridad legal. No obstante, el gobernador y la legislatura tendrán que dar explicaciones al Congreso y al Presidente de Estados Unidos si no adoptan las recomendaciones que haga la Junta de Supervisión.

[16]  Alvarado León, G. E., “Advierten impactos al entorno.” El Nuevo Día, 27 de Julio del 2016 páginas 1 y 5.

[17]  González, J., “Inconcluso el 75 por ciento del plan fiscal.” El Nuevo Día, 2 de septiembre del 2016. p. 5-6.

[18]  Editorial. El Nuevo Día, 6 de septiembre del 2016. p. 24.

[19]  El Grupo de Trabajo es un mandato de la Ley PROMESA que establece que tanto el líder de la minoría demócrata del Senado, como los líderes republicanos de Cámara y Senado tienen que nombrar dos representantes cada uno para formar parte del Comité. El primero nombró a los senadores Robert Meléndez (New Jersey y oriundo de Cuba) y Bill Nelson (Florida). José A. Delgado. “Pierluisi y Velázquez al “task force.” El Nuevo Día, 15 de julio del 2016. p. 14. Otros miembros del Grupo son Orrin Hatch (Senador Republicano, Utah, presidente del poderoso Comité de Finanzas del Congreso); el cubano Marco Rubio (Senador Republicano, Florida y vinculado a los republicanos de Puerto Rico); Sean Duffy (Congresista Republicano de la Cámara, Wisconsin y autor de PROMESA. La versión original del estatuto permitía al gobierno de Puerto Rico ratificar o rechazar la Junta, que se creaba a cambio de dar acceso a Puerto Rico al capítulo 9 de la Ley Federal de Quiebras) y Tom MacArthur (Congresista Republicano de la Cámara, Nueva Jersey y relacionado a la Coalición del Sector Privado). Estos cuatro tienen relaciones de trabajo con autoridades de Puerto Rico o sectores industriales del archipiélago. Excluidos del GT fueron dos puertorriqueños, el Congresista Republicano Raúl Labrador (Idaho) y el Demócrata José Serrano (New York). Delgado, J. A., “Completan el “task forcé” sobre la isla.” El Nuevo Día, 16 de julio del 2016. p. 8.

[20]  El pueblo de Puerto Rico elige cada cuatro años un representante al Congreso de los Estados Unidos. Éste participa de los Comités del Congreso con plenos derechos, pero ante el pleno del Congreso sólo tiene voz.

[21]  Pierluisi se une a Talk Force requerido por la Ley Promesa. Primera Hora. 15 de Julio del 2016. p. 14.