La reforma laboral y el recorte de prestaciones

Por Enrique Negueruela

El recorte de prestaciones realizado por este gobierno forma parte de la reforma laboral, tanto porque va a afectar a las mismas personas como porque comparte el mismo objetivo de provocar una rebaja salarial generalizada. Afecta a las mismas personas porque, una vez expulsados de sus trabajos mediante el uso y abuso del modificado despido por causas objetivas, ya sea individual o colectivo, van a incorporarse a unas prestaciones recortadas.

Para analizar la incidencia de la reforma laboral en las prestaciones, compararemos los datos de altas iniciales en la prestación contributiva en el período 2008–2011 con el de 2012–2015. En el primer periodo hubo 8,6 millones de altas iniciales mientras que en el segundo fueron 6,8 millones, una disminución de 1,9 millones de altas menos, el 21,7% de reducción. Esa disminución de altas iniciales en la prestación contributiva, se produce simultáneamente con un aumento del número de parados que pasa de una media anual de 4,1 millones a 5,6 millones de personas lo que implica un aumento de la tasa de paro de 6,8 puntos.

Dado que no ha habido cambios en la regulación de la finalización de las relaciones de carácter temporal, incluidos los fijos–discontinuos, y que, además, tienen prácticamente el mismo peso en ambos períodos (el 53,9% frente al 52,6%), dejaremos a un lado estas altas iniciales para centrarnos en analizar cómo han sido expulsados de sus puestos de trabajo los trabajadores con relaciones laborales indefinidas.

Las altas iniciales en prestaciones contributivas de trabajadores cuyo origen es una de las causas modificadas por la reforma laboral[1].

han pasado de ser 40% del total de altas iniciales en el periodo 2008 – 2011 a suponer el 61% de las altas entre 2012 y 2015.

Pese a haber habido 780 mil altas iniciales menos de trabajadores con relaciones laborales indefinidas, hay 355 mil altas más cuyo origen es una causa modificada por la reforma laboral. Aumentan especialmente los despidos individuales por causas objetivas (un 59,2%) y los EREs extintivos (el 8,5%). Los EREs suspensivos y de disminución de jornada intercambian entre ellos cerca de 160 mil altas. El aumento de las regulaciones de disminución de jornada podría estar relacionado, igual que el aumento de los contratos a tiempo parcial, con la dificultad de comprobación de la jornada real realizada. Entre las causas no modificadas, disminuyen los despidos individuales un 50,4%, sin incluir los que provienen de causas objetivas y aumentan un 98% las resoluciones voluntarias por impago de salarios, hay 25 mil más.

La conclusión es absolutamente obvia, por esperada: la reforma laboral ha intercambiado los despidos individuales por despidos por causas objetivas, tanto individuales como colectivos con la consiguiente caída de sus indemnizaciones. Recortar la prestación contributiva supone reducir la capacidad de resistencia de las personas expulsadas por la reforma laboral, por lo que deberán aceptar empleos con fuertes reducciones salariales.

La prestación contributiva se reduce en los seis primeros meses un 2,9% y un 26,6% durante el resto debido tanto al aumento de las cotizaciones como a la reducción de la cuantía del 60% al 50% de la base reguladora. Más del 80% de las prestaciones reconocidas desde la reforma laboral, 5,6 millones de prestaciones, tienen una duración superior a los 180 días y, por lo tanto, han sufrido el recorte de 26,6% de su cuantía.

Además hay un recorte por omisión porque desde el 2014 ya no se prorroga la medida que permitía reponer las prestaciones por desempleo cuando, después de un ERE suspensivo o de disminución de jornada, se producía un ERE extintivo debido a la pérdida de necesidad “legal” de acuerdo entre empresarios y trabajadores en los expedientes de regulación de empleo.

En el ámbito de las prestaciones no contributivas, el recorte se realiza por colectivos, afectando especialmente a los mayores de 52 años. El subsidio previo a la jubilación, que se accedía a los 52 años, ha pasado a los 55 años debiendo ser solicitado mientras se percibe o teniendo derecho a otro subsidio cuando antes era suficiente con tener cumplida la edad. También se modificó la toma en consideración de las rentas familiares, cuando con anterioridad eran sólo las de la persona solicitante. La duración del subsidio ha pasado de ser hasta la edad ordinaria de jubilación a la edad en que se pueda jubilar en cualquier modalidad, obligando con ello a solicitar la jubilación anticipada a sus perceptores. El impacto de este recorte ha sido brutal: en los cuatro años anteriores a la reforma hubo 458.828 altas iniciales y en los posteriores fueron 254.606 altas. Las altas disminuyen un 45% cuando el número de personas paradas mayores de 52 años aumentó un 83%. También se parcializó el subsidio si su origen era un contrato a tiempo parcial.

El recorte de prestaciones ha sido de tal magnitud que si el gasto por persona parada su hubiera mantenido los cuatro años siguientes a la reforma laboral (2012–2015) en niveles similares a los cuatro anteriores (2008–2011), el gasto en prestaciones hubiera debido ser un 48% superior al que ha sido, 51 mil millones de euros más.

Durante estos cuatro años ha habido una media anual de 3,8 millones de personas paradas sin protección, un 67% de todas las paradas, presionando las condiciones laborales y los salarios a la baja e, incluso, posibilitando la carencia de alta. Aquellas personas que percibían una prestación contributiva se encontraban que, pasados los seis primeros meses, la cuantía neta era un 40,6% del salario medio anterior a su despido. Aceptar retribuciones un 40% inferiores a la de su anterior empleo, suponía aumentar un 20% sus ingresos. La reforma laboral consigue su objetivo de reducir los salarios medios, en parte, gracias al fuerte recorte de las prestaciones.


[1] Considero causas modificadas los despidos por causas objetivas individuales y los EREs extintivos, suspensivos o de disminución de jornada.